MADRID.- El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón
Álvarez de Miranda, cree que ha llegado el momento de que la institución
pueda acceder a los datos de la Agencia Tributaria (AEAT) y de la
Seguridad Social pues actualmente, y pese a que los funcionarios del
Tribunal tienen deber de reserva como los de Hacienda, hay
"restricciones" que impiden aclarar asuntos como pagos no declarados al
fisco o una contabilidad en B.
El Gobierno aprobó el pasado viernes un anteproyecto de ley
reguladora del régimen económico financiero de los partidos que todavía
no recoge esa demanda del Tribunal de Cuentas, aunque el texto se ha
enviado a la institución para que haga las aportaciones pertinentes.
Álvarez de Miranda ya avanza
que "sería deseable que se modifique la Ley de Funcionamiento del
Tribunal de Cuentas en cuestiones como la regulación del deber de
colaboración o el régimen del personal al servicio del Tribunal, en aras
de superar las dificultades que se plantean para el ejercicio eficaz de
sus funciones".
Álvarez de Miranda sostiene que "las sucesivas reformas de 2007 y
2012 de la legislación sobre financiación de partidos políticos han ido
mejorando la información que están obligadas a rendir las formaciones
políticas y las competencias de fiscalización del Tribunal de Cuentas",
pues es cierto que antes "la legislación presentaba ciertos déficits a
efectos del control, que el Tribunal señalaba reiteradamente en sus
informes".
A su juicio, la reforma de 2012 ya introdujo "mejoras
significativas" en aspectos como los acuerdos de renegociación de
deudas, la fiscalización de las fundaciones o la regulación del
procedimiento sancionador. "Se han subsanado bastantes de las
deficiencias anteriores", asegura.
Preguntado si el Tribunal de Cuentas puede detectar una
contabilidad B en un partido, como la que decía llevar Luis Bárcenas en
el PP, Álvarez de Miranda explica que la institución trabaja con
técnicas de auditoría que permiten "detectar irregularidades e
incumplimientos" e incluso, si aprecia indicios de responsabilidad
penal, incoar procedimiento sancionador o trasladar el caso a la
fiscalía o a las instancias oportunas.
"El continuo y permanente contraste de la contabilidad con la
información de terceros permite aflorar gastos que pueden haber sido
ocultados por ser irregulares los ingresos que los financian", añade,
pero admite que en todo caso "el Tribunal de Cuentas no tiene, ni le
corresponde tener, los instrumentos de que disponen los jueces, fiscales
o policías".
A este respecto, señala que "todavía existen restricciones para el
acceso a los datos de que dispone la AEAT o la Seguridad Social" sobre
terceros, aunque la institución lleve tiempo denunciándolo: "Una de las
carencias reiteradamente señaladas por el Tribunal y no solo en el
ámbito de la fiscalización de los partidos políticos, es el relativo a
las limitaciones de acceso a datos de carácter económico-financiero que
obran en poder de instituciones como la Agencia Tributaria o las
entidades de la Seguridad Social y que resultarían de gran utilidad para
el ejercicio de nuestra función fiscalizadora", señala.
Todo ello pese a que, según remarca, "los miembros y los
funcionarios del Tribunal de Cuentas están sometidos al mismo deber de
reserva sobre los datos que el personal de aquellos órganos, por lo que
no se acaba de entender la existencia de restricciones de acceso a la
información".
En cuanto a la capacidad del Tribunal de Cuentas para detectar si
un partido paga o no paga el IVA en sus contratos con proveedores o
empresas que les prestan servicios, como se le achacaba al PP en el caso
de las obras en su sede, Álvarez de Miranda ha querido dejar claro que
la institución no sólo recibe información de los partidos, sino que
también realiza comprobaciones de fiscalización, y todo ello, mediante
la aplicación de técnicas de auditoría, le permite "verificar la
correcta contabilización y el cumplimiento de la legalidad de las
operaciones en que se materializa la actividad de las formaciones
políticas".
Ahora bien, vuelve a reconocer que "existe una dificultad para
detectar aquellas operaciones que llevan asociado el incumplimiento de
obligaciones de naturaleza tributaria o de la Seguridad Social, que
normalmente afloran en el curso de investigaciones de orden penal o
similares, por la falta de acceso a la información de estos organismos".
Álvarez de Miranda no es partidario de crear una 'lista negra' de
partidos que incumplen sus obligaciones, pero sí apuesta por incidir en
la obligación de rendir cuentas, tanto por parte de los partidos como
de sus entidades vinculadas, "y que además lo hagan de manera completa y
en plazo", si bien recuerda que este supuesto ya está definido
legalmente como infracción susceptible de ser sancionada.
Respecto a las empresas que contratan con partidos, el presidente
del Tribunal de Cuentas explica que actualmente se les obliga a informar
de sus operaciones para verificar lo declarado por las formaciones
políticas, pero "no se regula sanción alguna en caso de incumplimiento
de dicha obligación, salvo en el caso de los proveedores en los procesos
electorales y siempre que superen determinado importe de facturación".
A su juicio, esas sanciones son "insignificantes", pero más que
crear una 'lista negra' de empresas incumplidoras, Álvarez de Miranda
aboga por regular la obligación de inscribirse en un registro de
proveedores, el establecimiento de procedimientos de contratación
similares a los de la Administración (basados en criterios de
objetividad, publicidad, transparencia y concurrencia) o incluso imponer
a esas empresas que no informan la prohibición de contratar con
formaciones políticas.
El presidente de la institución fiscalizadora se refiere también a
las donaciones privadas que reciben los partidos, señalando que algunas
deficiencias "vienen de antiguo" como la falta de identificación del
donante o las aportaciones de empresas o personas jurídicas que
mantienen contratos vigentes con las Administraciones Públicas, "lo cual
está absolutamente prohibido".
También comenta el caso de donativos que los partidos reciben en
sus cuentas bancarias y que carecen de la preceptiva identificación del
donante, lo que impide devolverlos. El Tribunal de Cuentas aboga por
regular el destino de esas aportaciones y sugiere dedicarlos a fines
humanitarios.
Donde hace hincapié es en las donaciones recibidas a través de las
fundaciones de los partidos, dado que "los límites legales son algo más
laxos". En este sentido, propone extender a las fundaciones los mismos
límites establecidos para las formaciones políticas.
Y es que, en su opinión, la capacidad fiscalizadora del Tribunal
de Cuentas sobre las fundaciones de los partidos "está restringida
legalmente a la verificación de las donaciones y aportaciones que
reciban, pero no alcanza al resto de su actividad económico-financiera,
por lo que existe un ámbito que escapa al control del Tribunal". Ni
siquiera la Ley de 2012 recogía la definición de los requisitos para ser
consideradas como fundaciones vinculadas, y tuvo que ser el Tribunal de
Cuentas quien fijó los criterios.