lunes, 25 de junio de 2018

El TSJ de Valencia fija en 150.000 euros la indemnización a un trabajador murciano de banca 'por daños morales'


VALENCIA.- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la entidad Banco de Santander SA a la mayor indemnización a un trabajador en España por daños morales, establecida en 150.000 euros en el fallo de la sentencia ante los recursos de ambas partes contra la fijación anterior en sentencia de 50.000 euros por el juzgado de lo social nº 7 de los de Alicante al murciano Javier Fernández de Diego representado por el letrado del Colegio de Abogados de Murcia, Antonio Checa de Andrés (en la imagen).

La Sala confirma la sentencia de instancia recurrida salvo en lo relativo a la indemnización a satisfacer al demandante por la entidad bancaria en concepto de daños morales, que se cuantifica ahora en 150.000 euros frente a los 50.000 fijados en primera instancia.
Entre los fundamentos de derecho, la Sala integrada por tres magistradas (Isabel Moreno de Viana Cárdenas, María Mercedes Boronat Tormo y María del Carmen López Carbonell) estima que "la sentencia de instancia considera acreditada, desde hace varios años, una conducta de acoso y hostigamiento al actor por parte de la entidad Banco de Santander, durante varios años, que culmina en un traslado forzoso desde la localidad de Alcoy (Alicante), hasta Tarragona, que considera vulnera sus Derechos Fundamentales, habiéndose diagnosticado al actor de un trastorno adaptativo consecuente a la situación laboral".
El letrado señor Checa en su recurso, solicitaba que la indemnización se cuantificase, no en atención a los parámetros de las sanciones de grado medio establecidos en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), sino en los establecidos para las sanciones mas graves de 100.000 a 187.515 euros, valorando las consecuencias que para el actor ha tenido la conducta empresarial.
Por contra, la citada entidad bancaria niega la situación de acoso y hostigamiento que se afirma producida hacia el actor, y que ha afectado a su salud.
Sin embargo, para la Sala "el actor se encuentra diagnosticado de trastorno adaptativo secundario a problemas laborales, que se encuentran documentados por psiquiatra. A la vista de tales datos la sentencia de instancia ha considerado acreditada una situación de acoso y hostigamiento con resultado lesivo para la salud del trabajador, que ésta Sala comparte, en base al concepto legal de acoso consistente, tal y como señala la sentencia de instancia, y que no cabe reiterar, en una conducta que, de modo individualizado, implica un trato desigual y ocasiona un daño igualmente individualizado".
Por lo que se refiere a la situación de acoso, por sucesivos traslados, asi como absoluto ninguneo de sus peticiones de traslados y apoyos, "la Sala se muestra acorde con los razonamientos de la instancia que, en base a la documental y testifical pone de relieve la anormalidad de las sucesivas comisiones de servicios, alguna de ellas hasta nueva orden o por tiempo de seis meses, asi como su atribución mayoritaria al actor, incluso cuando el actor se encontraba ya de baja por trastorno depresivo, a la cual siguieron, tras su mejoría, once comisiones mas por diferentes días hasta la atribución definitiva de plaza el 23.09.2015, a la que siguieron nuevas comisiones".
Y añade: "Dado que existe una directa relación causa-efecto entre la conducta empresarial y las dolencias psiquiátricas del actor que están plenamente acreditadas, debemos estimar que las mismas son consecuencia directa de la conducta de hostigamiento y acoso a la que ha sido sometido". 
Estima la Sala que "claramente puede atribuirse a la empresa una responsabilidad patrimonial mayor que la declarada en la instancia, en atención a los criterios señalados por el trabajador. Y ello porque negar los perjuicios al trabajador resulta ciertamente perturbador (...) 
Es evidente que el trabajador ha visto dañada su dignidad profesional y las conductas descritas en los hechos probados de la sentencia de instancia han actuado como causa desencadenante de un proceso psiquiátrico cuya lesividad no debe desconocerse, amen de tratarse de conductas activas u omisivas claramente despreciativas y que evidencian la existencia de toda empatía ante la situación ajena, por lo que la afectación a la dignidad del trabajador puede afirmarse sin resquicio alguno.
Por ello, claramente debe aceptarse que la calificación de la conducta empresarial debe ser considerada como una falta muy grave de las previstas en el art 40 c) de la LISOS, que establece un abanico de entre 100.006 a 187.515 euros, fijándola en su grado medio, que prudentemente se cuantifica en 150.000 euros".
Por tanto procede, "reiterando la argumentación de la instancia, que se completa con los argumentos antedichos, desestimar el recurso de suplicación interpuesto por la entidad Banco de Santander SA y estimar el del Sr. Fernandez de Diego, cuantificando la indemnización a percibir por éste de la citada entidad bancaria en 150.000 euros".
En su fallo la Sala del TSJCV dice que "desestimamos el recurso de suplicación interpuesto en nombre de Banco de Santander, y estimamos el interpuesto por el trabajador don Javier Fernandez de Diego contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 7 de los de Alicante, de fecha 8 de mayo del 2017, en virtud de demanda presentada a instancia de don Javier Fernandez de Diego; y, en consecuencia, confirmamos la sentencia recurrida salvo en lo relativo a la indemnización a satisfacer al demandante por la entidad bancaria en concepto de daños morales, que se cuantifica en 150.000 euros".


viernes, 22 de junio de 2018

Carlos Egea Krauel imputado por administración desleal en Caja Murcia por parte del Juzgado de Instrucción nº 7


MADRID.- La Audiencia Provincial de Murcia ha ordenado al titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Murcia, José Fernández Ayuso, reabrir la causa por un delito de administración desleal contra el ex presidente ejecutivo de Caja Murcia y Banco Mare Nostrum (BMN), Carlos Egea Krauel, ahora consejero ejecutivo de Bankia, que está imputado en el procedimiento, según adelanta hoy Vozpópuli.

"Se dirige la presente causa contra Carlos Egea Krauel en su condición de investigado por presunto delito de administración desleal", especifica el auto de 18 de junio, al que ha tenido acceso Vozpópuli, que apunta que el procedimiento podría ser dirigido contra otros posibles "partícipes" en el delito.
Este delito, que el juez considera que presuntamente fue cometido en la gestión de la entidad Caja Murcia, posteriormente BMN, "debe ser imputado inicialmente al investigado Carlos Egea Krauel", reitera el auto.
La Audiencia de Murcia ha reabierto así una causa archivada tras una denuncia de Jesús Plaza Piñeyro, un exempleado despedido de Caja Murcia contra Egea. Le acusa de distintas irregularidades durante su etapa en Caja Murcia y BMN. El juez no vio inicialmente indicios de delito y la archivó, pero el tribunal superior ha considerado que debe investigarse, aunque sin citar de momento a Egea y sí al denunciante.
Consultado por este medio, Egea se mostró ayer "convencido de que su actuación y la de Caja Murcia fue totalmente correcta y reclamó que la causa se instruya a la mayor velocidad posible para que así se demuestre”.
El instructor, que ha citado a declarar como testigo al denunciante de los hechos, también pretende interrogar al responsable legal del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob), el organismo público que inyectó 1.645 millones de euros al banco resultante de la fusión de Caja Murcia, Caixa Penedès, Caja Granada y Sa Nostra.

El Frob, perjudicado

El juez también ofrece al Frob la posibilidad de ejercer acciones legales contra Egea, como perjudicado. Reclama a este organismo que le informe acerca de las gestiones realizadas tras ser informado de la denuncia.
"Requiérase para que informe [...] de la realidad de los hechos denunciados, identidad de las personas que hubieran tomado decisiones para aquellas actuaciones y sobre cualquiera otras circunstancias que permitan valorar si las actuaciones denunciadas han supuesto un importante beneficio para algunas personas en perjuicio de la entidad Caja Murcia, ahora BMN", especifica en este sentido el auto del Juzgado de Instrucción número 7 de Murcia. 
El Frob investigó toda la gestión de la entidad liderada por Egea -como la del resto de grupos que recibieron ayudas públicas- hace ya años sin encontrar irregularidades del expresidente.
Asimismo, el instructor se dirige al Servicio de Inspección del Banco de España para que les informe si ha llevado a cabo alguna investigación en base a los hechos denunciados: "Debiendo remitir informe de lo resuelto en su caso", indica la resolución del juez José Fernández Ayuso.
La causa contra el consejero ejecutivo de Bankia, una de las personas más conocidas en la Región de Murcia por su largo periplo en la presidencia ejecutiva de Caja Murcia, fue inicialmente archivada por el juez de primera instancia murciano.

Audiencia de Murcia

Pero la Audiencia Provincial de Murcia, con el magistrado Francisco Navarro Campillo como ponente, reabrió la causa, tras interponer el abogado José Luis Mazón un recurso, con un auto en el que especificaba: "Los hechos denunciados por la apelante ciertamente pudieran constituir indiciariamente un presunto delito de administración desleal, por lo que no comparte la Sala la inicial decisión instructora de archivo provisional de la causa".
El recurso del abogado Mazón, que ha asesorado al denunciante, empleado de Caja Murcia durante 32 años, y al que ha tenido acceso Vozpópuli, explica los hechos presuntamente atribuidos al expresidente de Caja Murcia: "La concesión de prebendas, premios y préstamos personales y anticipos de nómina a empleados (fondos de reptiles) por su adhesión inquebrantable a los designios del 'caudillo' de la entidad, Carlos Egea, y preboste regional que conoce altos jueces, fiscales, delegados y directores generales".
Y los empleados presuntamente beneficiados, según el recurso del letrado Mazón, consiguieron mejorar sus indemnizaciones "camuflándolas" como operaciones "legítimas que paga el erario público que desembolsó 915 millones en el rescate".

Ventas perjudiciales

Además, el denunciante acusa a Egea de despatrimonializar Caja Murcia al vender sus oficinas más representativas en condiciones "escandalosas": "Se vendían a precios perjudiciales para la entidad, se conceden préstamos a los nuevos adquirentes, y pagando acto seguido a los prestatarios unos alquileres muy por encima del tipo de interés de los préstamos". Estos son los conocidos como 'sale and lease back' (venta y posterior alquiler) al que casi todos los bancos recurrieron al comienzo de la crisis.
El denunciante ve la operación así: "La Caja pierde patrimonio y los afortunados compradores ganan no sólo la propiedad, sino que reciben por los conceptos de alquiler un rendimiento equivalente al 8%. Absolutamente impensable para cualquier inversor y absolutamente ruinoso para la Caja".
La denuncia también apunta otras presuntas irregularidades, como por ejemplo la indemnización de 150.000 euros de la que se benefició el ex subdirector general y secretario general de Caja Murcia Federico Ros Pérez tras ser despedido; los préstamos personales y anticipos de nómina que se conceden al ex director de Recursos Humanos Jerónimo García Abellán, que acaban primero en el Departamento de Impagados y después a a la situación de "Fallido Definitivo", con un saldo pendiente de 52.303,93 euros, en fecha 30 de marzo de 2012.
Otras presuntas irregularidades cometidas por Carlos Egea son, según la denuncia, condonaciones "a dedo por favores realizados a ex jefes de zona que también salían por la puerta grande". Como es el caso, siempre según la denuncia, del directivo Joaquín Martínez Asensio, cuyo préstamo de 27.514 euros se resuelve con un movimiento de “condonación contencioso”.

Presidente de Caja Granada

El despido pactado del ex director de la Oficina Principal de Murcia y jefe del Departamento de Clientes Institucionales, Juan Miguel Sánchez Caballero, también está bajo sospecha, ya que el denunciante asegura que también recibió un trato de favor por recibir "una jugosa cantidad", que cifra en más de 250.000 euros, y ser beneficiario de la condonación de dos préstamos de 54.847 euros y 41.523 euros.
Manuel Alonso Martínez, del Departamento de Marketing también solicitó un anticipo de nómina de 20.000 euros, que también pasó a ser considerado por Caja Murcia como "fallido definitivo".
Por su parte, el ex director general de Caja Granada Manuel López Robles recibió con el concepto de "abonos varios", completa el denunciante, más de 469.000 euros para compensar su despido, que la denuncia especifica que fue "voluntario".
La denuncia también alude a otras presuntas irregularidades cometidas desde Caja Murcia: "esta Caja era práctica habitual la condonación de deudas completas o parciales, [...] las cancelaciones de operaciones 'por que sí', y de las que tengo ejemplos que se remontan al año 1988: desde presidentes de Comunidades Autónomas hasta Cofradías de Semana Santa, pasando por Federaciones de Fútbol, o particulares amigos del amo del cortijo".

Bankia no ve razones para apartar a Egea

La imputación de Carlos Egea no afectará a su cargo como consejero ejecutivo de Bankia. El banquero murciano entró en el órgano de gobierno de la entidad nacionalizada a comienzos de año, como representante de la fusionada BMN.
Desde Bankia explican que, entonces, Egea pasó el test de idoneidad que afrontan todos los consejeros de la banca, sin ninguna pega. Incluso, añaden, se examinó la denuncia que ha dado fruto a la imputación.
"Esta denuncia ya se conocía cuando se analizó la idoneidad de Carlos Egea como consejero y superó todos los procedimientos. No obstante, la Comisión de Nombramientos volvería a examinarlo en caso de que procediera”, señalan desde Bankia.
Egea es uno de los cuatro consejeros ejecutivos de Bankia, junto al presidente, José Ignacio Goirigolzarri; el consejero delegado, José Sevilla; y el director general de Personas, Medios y Tecnología, Antonio Ortega.

Trayectoria

El banquero murciano, de 71 años, comenzó su trayectoria en Caja Murcia en 1976. Siete años después fue nombrado director general y, en 2008, presidente. 
En 2010 lideró la fusión de Caja Murcia con otras tres entidades: Caja Granada, Sa Nostra y Caixa Penedès, con la inyección de las primeras ayudas públicas. Penedès fue la caja que más problemas aportó al grupo resultante, BMN. 
Durante los años siguientes, y tras una nueva inyección pública en 2012, Egea dirigió BMN para mantenerla en solitario e incluso sacarla a bolsa. Fue imposible, y el Frob decidió que lo mejor para el Estado era unir la entidad a Bankia, hasta ahora.
En todos estos años, y a pesar de la revisión exahustiva del Frob con informes forensic, Egea no se ha visto envuelto en ningún caso de presuntas irregularidades. Al contrario, destapó la causa de las prejubilaciones irregulares en Penedès, por la que hubo condena en la Audiencia Nacional.