MADRID.- Los partidos que se presenten a las
elecciones europeas del próximo mes de mayo sin contar con
representación parlamentaria deberán recabar 15.000 firmas para poder
registrar su candidatura, según los requisitos que establece la Ley
Electoral y que por primera vez se aplicarán a los comicios al
Parlamento Europeo.
La pasada legislatura se introdujo en la Ley Electoral la
exigencia de firmas para avalar candidaturas de partidos sin
representación parlamentaria, un mecanismo que se estrenó en las
generales de 2011, donde se pedía a estos partidos extraparlamentarios
un mínimo de avales del 0,1% del censo de la circunscripción donde se
presentasen.
En las generales de 2011, esta exigencia ya suscitó protestas de
estas formaciones minoritarias ante la Junta Electoral Central, al
entender que se menoscaba su derecho de sufragio pasivo.
A la hora de aplicar este requisito a las elecciones europeas,
donde la circunscripción es el país entero, el legislador decidió no
aplicar ese baremo del 0,1% del censo, que exigiría recoger unas 35.000
firmas, sino que puso un listón fijo de 15.000 avales.
Esa barrera se implantará por primera vez este año y los partidos y
coaliciones que no lograron representación en el Parlamento Europa en
2009, como es el caso de Vox, del Movimiento Ciudadanos y de la
candidatura que auspician partidos de extrema derecha, deberán reunir
ahora 15.000 firmas junto con su lista. Además, la Junta Electoral
Central debe asegurarse de que ningún elector dé su firma para la
presentación de varias candidaturas.
Ahora bien, la legislación permite a estos partidos, federaciones y
coaliciones sustituir el requisito de las firmas por el aval de 50
cargos electos, ya sean diputados, senadores, eurodiputados, diputados
autonómicos o concejales. Se mantiene la exigencia de que ningún cargo
electo puede dar su firma para la presentación de varias candidaturas.
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