PALMA.- El juez instructor del caso Nóos, José Castro,
apunta en su último auto, en relación a quienes han participado en los
eventos investigados en el marco de esta causa, a la necesidad de
realizar una "labor de selección", a partir de la cual cuanto más se
acerca al núcleo de poder, más sensible es imputar.
"Cuanto más nos acerquemos a los núcleos de poder, más complejo se
hará discernir quién habrá de ser o no imputado, y más sensibles serán
quienes resulten serlo o quienes así lo pretendieran al sentirse
comparativamente agraviados", ha afirmado.
En su resolución judicial,
el magistrado, quien rechaza en ella reabrir la causa contra el
exdirectivo de Nóos Antoni Ballabriga, señala por el contrario que "es
natural que cuanto más se descienda en esa escala piramidal más fácil se
tendrá el descartar la imputación".
"Ciertamente, en la organización, desarrollo y ejecución de los
distintos eventos que están bajo investigación han intervenido una
diversidad de personas cuya cualificación va desde aquellos que
realizaron labores puramente materiales bajo la dependencia de otros,
pasando por los más cualificados que pudieran gozar de cierto margen de
autonomía hasta llegar a quienes, sin formar parte de los núcleos de
decisión como titulares de ésta ni tampoco como asesores o
colaboradores, obviamente conocedores de la ilicitud de lo que se trata,
pudieran situarse más próximos a ellos", precisa el juez.
Es por ello que, "sobre la evidencia de que cualquier persona que
haya entrado en contacto con los eventos que son objeto de instrucción
no habrá de ser imputada", el magistrado considera "obligado llevar a
cabo una labor de selección" en base a los indicios que se hallen en
torno a su participación.
Respecto a Ballabriga, cuya imputación fue archivada el pasado mes
de octubre, el instructor señala que "este vaivén procesal" --en
referencia a la petición del sindicato Manos Limpias de que el
exdirectivo sea nuevamente encausado-- "sólo resultaría procedente si
surgieran nuevos datos que así lo avalaran, lo que por el momento no se
da".
Es más, apostilla que "cualquier discrepancia" que se haya podido
producir entre lo que Ballabriga haya manifestado con ocasión de sus
últimas declaraciones, primero como imputado y luego como testigo, no es
"determinante" en la medida en que "como imputado no puede
reprochársele que ejerciera los derechos que como tal tenía a su
alcance".
No hay comentarios:
Publicar un comentario