martes, 30 de octubre de 2012

Ruiz-Gallardón dice que la Audiencia Nacional "no va a desaparecer"

MADRID.- El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha manifestado este martes que la Audiencia Nacional  "no va a desaparecer", aunque tendrá que adaptarse a la "nueva realidad", tras la entrega a la Sala de lo Penal y a la Fiscalía de este órgano del Premio Puñetas de Plata que concede la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (Acijur).

   Ruiz-Gallardón calificó de "absolutamente merecido" un premio concedido a los jueces, fiscales y funcionarios de la Audiencia Nacional, de quienes alabó su "encomiable labor". Añadió que este trabajo se seguirá realizando porque el Estado de Derecho "sigue exigiendo responsabilidades" en clara alusión a la finalización del terrorismo de ETA.
   En este sentido, ha indicado que la Audiencia Nacional "no va a desaparecer" aunque habrá que adaptar sus funciones "a la nueva realidad", y que ello conllevará una "apuesta ambiciosa por el futuro".
   Con ello respaldaba lo dicho momentos antes por el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Fernando Grande-Marlaska, quien señaló que plantear la desaparición de este órgano "supondría echar por tierra una gran labor de años para constituir el único tribunal europeo que maneja todas las coordenadas en materia de cooperación jurídica internacional".
   "Sin perjuicio de la profesionalidad y capacidad del conjunto de órganos judiciales españoles", ha continuado Grande-Markaska, "la desaparición de la Audiencia Nacional supondría también un balón de oxígeno para los grandes delincuentes que actúan en nuestro país".

La Unión Europea constata niveles "altos" de corrupción en Kosovo

BRUSELAS.- El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea (ECA) ha constatado niveles "altos" de corrupción en Kosovo y ha indicado, en un informe, que las ayudas de la UE y los Estados miembros para consolidar el Estado de Derecho en este territorio han tenido un impacto "limitado" y no han sido "eficaces".

   El órgano que fiscaliza el presupuesto de la UE recuerda en su informe sobre la eficacia de las ayudas a Kosovo en el ámbito del Estado de Derecho que el territorio balcánico ha recibido 3.500 millones de euros de donantes, de ellos dos tercios procedentes de la Comisión Europea y de los Estados miembros entre 1999 y 2007, y recibió otros 1.200 millones de la UE entre 2007 y 2011 en fondos de preadhesión y a través de la misión de la UE en Kosovo (EULEX).
   El tribunal denuncia en su informe que los niveles de delincuencia organizada y de corrupción "se mantienen altos" en Kosovo, mientras que el poder judicial del país "sigue adoleciendo de injerencia política, ineficiencia y falta de transparencia y de cumplimiento de sus resoluciones". Asimismo, lamenta que "apenas se ha avanzado en la instauración del Estado de Derecho en el norte de Kosovo", de mayoría serbia.
   Además, insiste en que las ayudas en el ámbito aduanero, la asistencia a la policía y al poder judicial han tenido "un éxito moderado".
   El órgano fiscalizador cree que las intervenciones de la UE en Kosovo han tenido "resultados limitados" para resolver el problema de la corrupción, que sigue "prevaleciendo en muchos ámbitos", y lamenta que los órganos de control establecidos tienen capacidades "limitadas" y "competencias solapadas".
   Asimismo, ve problemas en el control de la contratación pública porque están implicados directamente "órganos centrales" y consider que el hecho de que existan más de 150 entidades adjudicadoras "incrementa el riesgo de corrupción".
 "La UE no ha abordado este problema ni en su asistencia ni en el ámbito político", lamenta el tribunal en su informe.
   También lamenta "la limitada capacidad de protección de los testigos clave en casos destacados" de crímenes de guerra por parte de Prístina y su dificultad para trasladarles al extranjero, que constituyen "un grave problema".
   El autor del informe, Gijs de Vries, ha lamentado que las autoridades de Kosovo conceden en su opinión una prioridad "insuficiente" al Estado de Derecho e insiste en que el apoyo de la UE en este ámbito "debería ser más eficaz".
   El Tribunal de Cuentas, que atribuye "la eficacia limitada de la asistencia de la UE" entre otros a "las circunstancias específicas de Kosovo tales como el bajo nivel del que partía la independencia para construir un Estado de Derecho" a pesar de la contribución de la UE al desarrollo de sus capacidades, admite que el incentivo de la potencial adhesión de Kosovo a la UE "está amenaza por la ausencia de una posición común de la UE sobre su independencia", no reconocida por cinco Estados miembros, incluida España, algo que no ocurre en el resto de los Balcanes occidentales.
   Además, el tribunal considera que si el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión Europea y la Comisión Europea hubieran garantizado "una mejor gestión" por su parte se "podría haber logrado una mayor eficiencia de la asistencia de la UE".
   El órgano fiscalizador también lamenta que los Estados miembros no hayan enviado "suficiente personal" para la misión policial y judicial de la UE en Kosovo y hayan enviado personal durante "períodos demasiado cortos y sin conocimientos suficientes" y recuerda que la cooperación entre la Oficina de Policía Europea y EULEX está sujeta a "restricciones legales".
   El Tribunal pide entre otros "mejorar los mecanismos de coordinación de la UE, incluso con la comunidad internacional" para mejorar la eficacia de las ayudas y también que el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión Europea mejoren el diálogo y las condiciones políticas de las ayudas en el futuro al considerar que el apoyo de la UE a Kosovo debe estar "ligado a criterios de referencia concretos" y tener en cuenta "los objetivos de seguridad interior de la UE".
   Por ejemplo, el órgano fiscalizador recomienda utilizar la perspectivas de negociar un acuerdo para eximir de visados a los kosovares que viajen a la Unión como un "incentivo" para fortalecer el Estado de Derecho en Kosovo y pide concentrarse en las condiciones prioritarias al considerar que los 95 criterios fijados por Bruselas para cerrarlo puede reducir dicho incentivo.

Prohiben en Bahrein protestas contra la monarquía

MANAMA.- La monarquía de Bahrein prohibió hoy todas las manifestaciones públicas en su contra mediante un comunicado del Ministerio del Interior, que se abstiene de precisar cuáles serán las penalidades para quienes violen la disposición. El propósito de la restricción es proteger la unidad nacional y estará vigente hasta tanto se recupere la seguridad, dice el texto en alusión a las protestas públicas iniciadas el año pasado contra la casa reinante.

A ésta los manifestantes acusan de gobernar el país en beneficio propio y de tener sumida a la ciudadanía en la pobreza, en especial a los miembros de la mayoritaria comunidad chiíta.

Varios médicos de esa secta musulmana fueron arrestados y condenados a largas penas de prisión por atender en hospitales públicos a los manifestantes heridos por la policía durante los disturbios.

Las autoridades prohibieron desde febrero de 2011 que los heridos y contusos por la represión policial fueran admitidos en los centros médicos.

La semana pasada la policía se lanzó contra concentraciones y marchas populares en esta capital y otras localidades, convocadas para pedir la excarcelación de los galenos y de los arrestados por asistir a las protestas, algunos de los cuales murieron mientras se encontraban en prisión.

Según el presidente del CGPJ, movilizaciones y huelgas "no son la vía para conseguir cosas"

MADRID.- El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo, Gonzalo Moliner, ha realizado este martes una valoración negativa del acuerdo alcanzado por las asociaciones de jueces y fiscales para llevar a cabo diversas medidas de protesta como cortar automáticamente las vistas cuando sean las 14.00 horas, en protesta por la "inasumible" carga de trabajo que soportan los juzgados españoles.

   A juicio de Moliner, "ir por movilizaciones y por huelgas no es la vía para conseguir cosas", si bien reconoce que "los jueces son los jueces son personas humanas que tienen derecho a proponer lo que quieran".
   Las cuatro asociaciones de jueces y las tres organizaciones de fiscales han mostrado este martes su sintonía para denunciar la situación "permanente de crisis" que sufre la Administración de Justicia desde inicios de la democracia, a la que se ha acompañado un aumento del 50 por ciento de la litigiosidad en plena crisis económica.
   Este aumento de la litigiosidad se refleja en asuntos como el de los desahucios promovidos por las entidades financieras. Según Moliner, en alusión al informe de siete jueces que criticaba el actual sistema de desahucios y que no ha sido asumido por el órgano de gobierno de los jueces , el asunto es "muy grave", pero "es un tema de legislación en el que el Consejo no puede entrar en valoraciones legislativas".

Los entes públicos podrán hacer despidos colectivos con 20 días por año

MADRID.- Los entes, organismos y entidades públicas podrán acogerse al procedimiento de despido colectivo por causas económicas (con indemnizaciones de 20 días por año trabajado) para desprenderse de personal laboral si la Administración Pública de la que forman parte hubiera tenido déficit presupuestario en el ejercicio anterior y si el crédito presupuestario del ente, organismo y entidad afectada se hubiera minorado en un 5% en el ejercicio en curso y en un 7% en los dos ejercicios anteriores.

   A estos efectos, se tendrán en cuenta tanto las reducciones efectuadas en el presupuesto inicial como, respecto al ejercicio corriente, las realizadas en fase de ejecución presupuestaria, según consta en el reglamento de los procedimientos de despido colectivo, suspensión de contratos y reducción de jornada aprobado el viernes en el Consejo de Ministros y publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
   El reglamento, en vigor desde este miércoles, describe los pasos a seguir cuando las empresas privadas quieran hacer ERE de extinción (despidos colectivos), de suspensión y de reducción de jornada, y regula además el procedimiento que deberá utilizar el sector público en estos mismos casos y sólo con efectos sobre su personal laboral.
   En cuanto a los ERE del sector público, en el reglamento se especifica que se entenderán que concurren causas económicas cuando se produzca una situación de insuficiencia presupuestaria "sobrevenida y persistente" para la financiación de los servicios públicos, considerándose que es persistente si se alarga durante tres trimestres consecutivos.
   Se precisa, no obstante, que se entenderá que existe insuficiencia presupuestaria cuando se den las siguientes circunstancias: que la Administración Pública en la que se integra el departamento, órgano, ente organismo o entidad hubiera presentado una situación de déficit presupuestario en el ejercicio anterior y "que los créditos del departamento o las transferencias, aportaciones patrimoniales al órgano, ente, organismo o entidad, o sus créditos, se hayan minorado en un 5% en el ejercicio corriente o en un 7% en los dos ejercicios anteriores".
   Se podrá iniciar un procedimiento de despido colectivo en el supuesto en el que, en un periodo de 90 días, el despido colectivo afecte al menos a diez trabajadores en aquellos departamentos ministeriales, entes y organismos dependientes de la Administración General del Estado, consejerías de las comunidades autónomas o entes vinculados a las mismas y entidades de la Administración Local que ocupen a menos de 100 trabajadores.
   También se podrá poner en marcha el despido colectivo si los afectados son el 10% de los laborales de una plantilla compuesta por entre 100 y 300 trabajadores o si el número de afectados es de 30 trabajadores en una plantilla de más de 300 trabajadores.
   El personal laboral fijo que hubiera adquirido esta condición tras un proceso selectivo tendrá prioridad de permanencia en los entes públicos afectados por el despido colectivo. Si la entidad promotora del procedimiento no hubiera establecido esta prioridad, la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas o autoridad autonómica equivalente podrán aplicar dicha prioridad si lo ven adecuado a las circunstancias.  
   El procedimiento de despido colectivo se iniciará por escrito mediante la comunicación de la apertura del periodo de consultas a los representantes de los trabajadores y, con independencia de la causa alegada (económicas, técnicas, organizativas o de producción), dicha comunicación deberá contener una memoria explicativa de las causas del despido "y su relación con los objetivos de estabilidad presupuestaria", así como los criterios que se han tenido en cuenta para el establecimiento de la prioridad del personal laboral fijo que hubiera adquirido esta condición tras un proceso selectivo.
   En los despidos colectivos por causas económicas, las administraciones públicas deberán acreditar que existe la mencionada situación de insuficiencia presupuestaria, los presupuestos de los dos últimos ejercicios y, en su caso, las modificaciones de los créditos presupuestarios, la plantilla del personal laboral, el plan de ordenación de recursos humanos (si éste se ha tramitado), y una certificación del responsable de la oficina presupuestaria u órgano contable donde conste que concurre la citada insuficiencia presupuestaria.
   Además de a los representantes de los trabajadores, el organismo promotor del despido tendrá que enviar una copia de la comunicación de apertura del procedimiento a la autoridad laboral. También tendrá que informar al Ministerio de Hacienda o a la autoridad autonómica equivalente en el caso de que el despido afecte, respectivamente, al personal laboral de la Administración General del Estado o a las comunidades autónomas, quienes podrán acordar la aplicación de la prioridad antes mencionada, con carácter vinculante, y emitir informe sobre el procedimiento.
   El periodo de consultas con los representantes de los trabajadores en los ERE del sector público se regirá por normas similares a las fijadas para los procedimientos iniciados por empresas privadas: al menos dos reuniones en empresas de menos de 50 trabajadores y al menos tres en empresas de 50 o más trabajadores. En el primer caso, el periodo de consultas no podrá superar los 15 días naturales y en el segundo no podrá sobrepasar los 30 días.
   No obstante, el periodo de consultas podrá darse por finalizado cuando las partes alcancen un acuerdo o cuando no se vean capaces de alcanzarlo, lo que deberán comunicar expresamente a la autoridad laboral.
   Las empresas públicas (también las privadas) que pretendan un despido colectivo de más de 50 trabajadores deberán incluir en la documentación inicial un plan de recolocación externa para los afectados por el ERE. En el caso del sector público, dicho plan será elaborado por el servicio público de empleo y en el caso de las empresas privadas, por empresas de recolocación autorizadas.
   Al finalizar el periodo de consultas, se informará del resultado a la autoridad laboral competente, al Ministerio de Hacienda (en el caso de que el despido afecte a la Administración General del Estado) o a la Dirección General competente (en el caso de comunidades autónomas).