MADRID.- El PP ha reprochado al juez Pablo Ruz la falta de indicios con que
cuenta para acusar al partido de lucrarse con la trama Gürtel en el auto
en el que concluyó la investigación a 45 imputados en esta causa, entre
ellos el extesorero Luis Bárcenas, para que sean juzgados por hechos de
la primera época de la red.
Este planteamiento lo hace el PP en el recurso que ha interpuesto
contra ese auto, dictado el pasado 29 de julio y en el que Ruz imputaba
al PP la responsabilidad civil por la trama Gürtel como "partícipe a
título lucrativo".
En su escrito, el abogado del PP Jesús Santos rechaza que el partido
deba ostentar "la responsabilidad civil a título lucrativo -puesto que
ningún beneficio ha obtenido como consecuencia de los hechos que se
investigan-" sino más bien "la de perjudicado" porque "son más
evidentes" los perjuicios que ha sufrido "y sigue sufriendo" a causa de
las conductas atribuidas a los imputados, "respecto de los cuales la
organización política que represento es absolutamente ajena -sostiene-".
Para impugnar el auto, Santos alega indefensión y vulneración del
artículo 24 de la Constitución (tutela judicial efectiva), "al
desconocer con detalle y concreción la base fáctica de la imputación y
los indicios racionales de criminalidad que la sustentan".
En su resolución, Ruz sostenía que el PP pudo beneficiarse de "al
menos" 236.864 euros procedente de comisiones de la trama Gürtel que
cobraron los exalcaldes populares de Majadahonda y de Pozuelo, Guillermo
Ortega y Jesús Sepúlveda.
Sin embargo, el representante del PP entiende que Ruz no ha explicado
con detalle "los hechos acaecidos tendentes a crear el soporte de la
imputación como responsabilidad civil a "título lucrativo", ya que no
hay indicios para establecer "un nexo causal entre las actuaciones
ilícitas presuntamente realizadas por los imputados y el supuesto
beneficio ilícito del partido".
Si bien el juez, según el escrito, parece encontrar esa
responsabilidad del PP en la conducta presuntamente delictiva de los
exalcaldes de Majadahonda y de Pozuelo, a juicio de la representación
legal del partido no queda "enunciado el soporte indiciario" respecto al
supuesto beneficio económico que habría obtenido la formación.
Respecto de Sepúlveda, recuerda el recurso, "se llega a afirmar que
existen indicios que podrían alcanzar la consecuencia fáctica de que el
Partido Popular resultó beneficiado en las elecciones municipales de
2003", pero aprecian la ausencia de "soporte probatorio" para "llegar a
establecer tal inferencia". Por ello creen que la afirmación de que el
PP se habría beneficiado de los actos y trabajados sufragados por
Sepúlveda en las elecciones municipales, "carece de base indiciaria
alguna respecto del origen de dichos caudales" ni se especifica a qué
gastos "se habrían dedicado dichos fondos".
En el caso de Guillermo Ortega, también se apunta a que con lo
obtenido por éste a través de la trama Gürtel se costearon actos del PP,
pero "no se especifican los momentos de campaña en los que se habrían
utilizado dichos recursos, ni tampoco para qué se habrían destinado".
Por todo ello, el PP expone en su recurso que "no se cumplen los
requisitos", fijados en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, "para
que un hecho típicamente antijurídico supuestamente cometido por el
imputado origine la responsabilidad civil a título lucrativo de un
tercero".
Además argumentan que en el auto no queda determinado con exactitud
la cantidad que se establece para el resarcimiento por cuantía de
participación y figuran unas cuantías de responsabilidad de las que ni
se argumenta el origen ni el soporte material para afirmar dicho importe
y tampoco se dice cuándo se realizan los trabajos o cuándo se sufragan
dichas campañas electorales.
Recuerdan también al juez que "las cuentas del PP están debidamente
auditadas y contabilizadas" por el Tribunal de Cuentas, por lo que "no
cabe a este respecto hecho indiciario que revele el posible beneficio
económico que el Partido Popular haya podido percibir de los actos
presuntamente ilícitos cometidos por los imputados".
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