MADRID.- El expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, ha aportado hoy a la
Audiencia Nacional el listado con bienes de su propiedad que serán
embargados para poder hacer frente a la fianza de 16 millones de euros
que le impuso el juez Fernando Andreu por "aceptar" y "propiciar" el
sistema de tarjetas opacas de la entidad.
Fuentes jurídicas han informado de que la secretaria judicial del
Juzgado Central de Instrucción nº 4 ha acudido a primera hora de la
mañana a la residencia del exbanquero con el fin de que le aportara el
inventario, el cual ahora deberá ser analizado para comprobar si es
bastante para afrontar esa cuantía.
No obstante, Blesa, que intentó hasta última hora que fuera la
aseguradora Mapfre la que abonara esa cuantía, ya asumió que no disponía
de patrimonio suficiente para asumir la cifra impuesta.
El pasado jueves, un día después de que expirara el plazo que se le
dio para prestar su fianza, Andreu puso en marcha los trámites para
embargarle.
Tal y como contempla la Ley de Enjuiciamiento Civil, el exbanquero,
imputado junto a Rodrigo Rato por un delito de administración desleal
por el escándalo de las tarjetas, debe aclarar si sus bienes están
ocupados, por qué personas y en concepto de qué.
Y ello bajo la
advertencia de que puede ser sancionado "cuando menos por desobediencia
grave" si no entregaba la lista, incluye bienes que no sean suyos,
excluya otros que, siendo de su propiedad, son susceptibles de ser
embargados o no desvele cargas y gravámenes.
Pero el juez no contará solo con su versión, ya que simultáneamente
ha iniciado su propia investigación y ha dado orden a la unidad de
Policía judicial de la Audiencia Nacional para que recabe toda la
información posible del patrimonio de Miguel Blesa.
En sus pesquisas, el juez acudirá al denominado "punto neutro
judicial", herramienta que puso en marcha el Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) y que le permitirá acceder mediante unas claves a toda
la información patrimonial de Blesa, sus datos bancarios, bienes muebles
e inmuebles o fincas.
La ley fija además el orden en el que deben ser embargados los bienes hasta alcanzar la cuantía establecida.
Así, se comenzará con dinero o cuentas corrientes de cualquier clase;
créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo, y títulos,
valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un
mercado secundario oficial de valores, para dar paso a joyas y objetos
de arte.
Después se podrán bloquear rentas en dinero; intereses, rentas y
frutos de toda especie; bienes muebles, acciones, títulos o valores no
admitidos a cotización oficial y participaciones sociales y bienes
inmuebles.
A continuación, si aún no se ha llegado a la cifra, se podrá ordenar
el embargo de sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de
actividades profesionales y mercantiles autónomas y, en último lugar,
los créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.
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