MADRID.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado la querella presentada por el PP contra la excandidata de IU en la Comunidad de Madrid Tania Sánchez por
presuntos delitos en varios contratos adjudicados durante su etapa como
concejal de Rivas Vaciamadrid al dejar de ser aforada.
En el auto, fechado el pasado 3 de marzo, la sala de lo Civil y Penal del TSJM acuerda rechazar la querella por "falta de competencia" del tribunal superior madrileño, al perder Sánchez la condición de aforada tras dimitir de su cargo como diputada regional el pasado 9 de febrero.
El
PP presentó el 19 de enero ante el TSJM una querella contra la entonces
candidata de IU, su padre y su hermano, y el actual alcalde de Rivas,
entre otros, por presuntos delitos de prevaricación, malversación de
caudales públicos y tráfico de influencias en varios contratos
adjudicados por el Ayuntamiento.
La denuncia del PP de Madrid se refiere a los contratos municipales que recibió la cooperativa Aúpa, de la que era administrador y socio el hermano de Tania Sánchez, por cerca de 1,2 millones entre 2002 y 2008.
También
a la concesión de contratos de escuelas de tenis del Ayuntamiento de
Rivas a un mismo administrador que representaba a varias empresas cuyo
apoderado o copropietario era un técnico municipal.
Estos
contratos contaron, según el PP, con la aprobación, entre otros, de
Sánchez, que fue concejala del Área de Servicios a la ciudadanía de
Rivas y formó parte del Gobierno local entre 2007 y 2011.
Antes de la denuncia, Sánchez defendió que no sabía que su hermano era administrador de la cooperativa Aúpa
y que en el caso de los contratos de las escuelas deportivas de tenis
únicamente existió una irregularidad administrativa al no haberse dado
de baja el funcionario local en una empresa de la que ya no formaba
parte.
Al ser Sánchez la única aforada en el momento en el que se
presentó la querella, el TSJM considera que la sala "ha perdido la
competencia para instruir o enjuiciar los hechos que se relatan en la
misma" y que debe desestimar la querella conforme a lo dispuesto en la
Ley de enjuiciamiento criminal.
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