MADRID.- La Fiscalía del Tribunal Supremo se ha opuesto a indultar la pena de
once años de inhabilitación a Baltasar Garzón porque sus delitos son de
"los más graves que un miembro de la Carrera Judicial puede cometer en
el ejercicio de sus funciones" y además sus méritos personales y
profesionales son "irrelevantes" a efectos de exonerarle totalmente de
su responsabilidad criminal.
El Ministerio Público se pronuncia
así en el informe desfavorable a conceder el indulto total al ex
magistrado de la Audiencia Nacional, condenado por un delito de
prevaricación y otro contra las garantías constitucionales al intervenir
las conversaciones de los cabecillas de la trama 'Gürtel' con sus
abogados en prisión.
El
escrito, firmado por el Teniente Fiscal del Supremo Antonio Narváez,
destaca que no se dan las razones de equidad, justicia o utilidad
pública necesarias para concederle esta medida de gracia toda vez que
"no ha exteriorizado muestra alguna de arrepentimiento" y le resulta
"totalmente indiferente" el resultado del indulto.
Narváez
sostiene que la "razón primordial" de su condena fue la vulneración del
derecho de defensa y el secreto de comunicaciones de presos preventivos.
"El daño causado a la Administración de Justicia fue muy grave por las
consecuencias jurídicas que esa iniciativa tuvo para los derechos de los
encausados", añade.
El fiscal subraya que el derecho de
defensa es la "piedra angular de un régimen constitucional de garantías"
y, aunque no le acusara en el juicio, asume con "lealtad institucional y
procesal" el fallo condenatorio del Tribunal Supremo, en la "cúspide"
de los órganos jurisdiccionales salvo en materia de garantías.
En este sentido, entiende que la actuación de Garzón fue "muy grave" y
la pena aplicada es "proporcionada". Además, cree que sería "absurdo"
que se le redimiera totalmente la pena en base a sus circunstancias
personales anteriores o simultáneas a la condena ya que "sería tanto
como asegurar la impunidad".
Para concederle el indulto total se debe valorar el comportamiento
posterior a la condena, opina el fiscal, que recuerda la nota de prensa y
los comentarios que Garzón ha vertido mostrando su rechazo a la
sentencia y al tribunal que la dictó.
"Desde luego, el término
que podría definir la posición de Garzón acerca de la solicitud
presentada es el de indiferencia", prosigue el representante del
Ministerio Público, para apuntar que el acusado no ha pedido esta
prerrogativa ni ha solicitado que la haga en su nombre la Asociación de
Magistrados Europeos para la Demcoracia y las Libertates (MEDEL).
A su entender, el hecho de que no haya apoyado ni mostrado de modo
"explícito interés alguno" sobre el resultado de la solicitud de indulto
"no deja lugar a dudas de que a Garzón le resulta totalmente
indfierente" este asunto.
"Tal comportamiento de indiferencia
hacia la solicitud de indulto presentada no puede ser valorada de otra
manera que como la de constituir indicio relevante de que el
comportamiento de Garzón en relación con la remisión de la condena es,
cuanto menos, de indiferencia", continúa el Narváez, para recordar que
el exjuez mantiene que actuó legalmente.
Además, rechaza
equiparar el indulto concedido al ex juez de la Audiencia Nacional
Javier Gómez de Liaño ya que la concesión del indulto no se trata de un
procedimiento "automático" sino que deben valorarse las circunstancias
que concurren en cada caso.
El expediente de indulto a Garzón
estuvo perdido durante más de un año a camino entre el Ministerio de
Justicia y el Tribunal Supremo. Justicia volvió a tramitarlo después de
enterarse de que el Alto Tribunal no había recibido la
petición de los informes.
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