MADRID.- La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha
confirmado la negativa del juez Pablo Ruz a que el PP se persone en el
caso Gürtel como perjudicado, ya que considera que pudo beneficiarse de
las comisiones que cobraron alcaldes miembros la trama y que "tuvo que tener conocimiento de aquellos dispendios".
En
un auto rechazando el recurso del PP contra la negativa de Ruz, la
sección cuarta afirma, como ya dijo el juez, que "existen indicios de
que el Partido Popular se benefició de las cuantías que los imputados dedicaron
a realizar actividades propias de dicha formación política, la cual
tuvo que tener conocimiento de aquellos dispendios, pues repercutió en
su propio peculio".
En concreto, el PP pudo beneficiarse de 236.864 euros procedente
de comisiones de la trama Gürtel que cobraron los exalcaldes populares
de Majadahonda y de Pozuelo, Guillermo Ortega y Jesús Sepúlveda, dinero
que benefició al PP porque, según la sala, el partido dejó de abonarlo
como gasto de las campañas electorales de esos municipios.
Respecto
al papel del partido en la causa como "partícipe a título lucrativo"
del artículo 122 del Código Penal que le imputa Ruz, la sección cuarta
acoge las tesis del juez y explica que en el juicio se determinará "con
exactitud los contornos de dicha supuesta responsabilidad civil y su
exacta cuantía".
Ruz imputó al partido esta condición cuando abrió
una pieza separada para facilitar el futuro enjuiciamiento de 45
imputados en esta causa, entre ellos el extesorero Luis Bárcenas, por hechos de la primera época de la red (1999-2005).
El
PP recurrió esta decisión porque consideraba que no hay indicios para
establecer "un nexo causal entre las actuaciones ilícitas presuntamente
realizadas por los imputados y el supuesto beneficio ilícito del
partido", lo cual rechaza ahora la sala.
El partido también alegó
que todos sus gastos están contabilizados y fiscalizados por el Tribunal
de Cuentas, por lo que no es posible que hubiera recibido dinero de los
alcaldes populares, un argumento que la sala también rechaza porque,
según afirma, es "preferente e ilimitada" la jurisdicción penal para averiguar conductas delictivas y sus consecuencias civiles.
Contra la decisión de abrir pieza separada presentaron recurso el PP y doce imputados más,
que ahora ha resuelto en un solo auto el tribunal, compuesto por los
magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel.
Además
del recurso del PP, el juez rechaza los interpuestos por Pablo Crespo
(considerado número dos de la trama), Alfonso García-Pozuelo
(expropietario de Constructora Hispánica), Antonio Martín, Alicia
Mínguez, Antonio Villaverde, Javier Nombela, Pablo Ignacio
Gallo-Alcántara, Inmaculada Mostaza, Carlos Ignacio Hernández, Luis de
Miguel, Felisa Isabel Jordán y María del Mar Rodríguez Alonso.
La
sala considera acertada la decisión de Ruz de abrir una pieza separada
en la que se juzguen los hechos ocurridos en esos años, dentro de la que
se podrían sentar en el banquillo 45 personas, de los cuales 21 están
solo imputados en esta pieza.
Las otras 24 siguen como imputadas en la causa principal o en las piezas separadas que se abrieron en momentos anteriores.
Los
hechos investigados en esta pieza alcanzan los primeros seis años de la
trama y a operaciones en Castilla y León, la Comunidad de Madrid y
Estepona.
Según Ruz, existió toda una operativa desarrollada en estos municipios por los 45 imputados para
conseguir adjudicaciones ilícitas para sus empresas mediante un
entramado de sociedades por las que se canalizaban las dádivas y pagos
de comisiones y a proveedores a través de un sistema de facturación
falsa.
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