MADRID.- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha
sido contundente. Los reyes y jefes de Estado no merecen mayor
protección frente a las críticas e insultos que cualquier otro
ciudadano. Es más, la lógica democrática dicta que debe ser más bien al
contrario: los ciudadanos (sean reyes o no) que ocupan las instituciones
de todos deben estar más expuestos a la crítica, según recoge Público.
Y
la crítica política,
afortunada o desafortunadamente, no siempre es correcta. A veces es
agresiva. Zafia. Maleducada. Hiriente. En otras ocasiones, incluso, la
crítica se manifiesta en forma de hoguera. Pero, sea como sea, es
crítica política y, por tanto, se debe permitir.
A España, concretamente, el TEDH se lo ha
dicho en dos ocasiones con sendas sentencias condenatorias contra el
Estado. La primera en el caso de Otegi, que fue condenado por decir que el rey Juan Carlos era "el jefe de los torturadores".
La segunda, en el caso de los dos jóvenes de Girona que quemaron una foto de los reyes Juan Carlos y Sofía
durante una protesta. En las dos ocasiones la justicia europea explicó a
España que la crítica política no se puede censurar con este delito.
La misma lógica se aplica con el resto de instituciones del Estado y símbolos, tales como el himno o la bandera.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU, entre otros muchos, han
señalado que los estados no deberían prohibir la crítica a las
instituciones, como el Ejército o la Policía, y que deplora la
existencia del delito de "difamación del Estado" o el ultraje a sus símbolos.
Todos estos delitos, sin embargo, siguen presentes en el Código Penal español. Tanto el de injurias a la Corona (con las recientes condenas a los raperos Hasel y Valtonyc) como el de injurias a las instituciones del Estado (por el que también fue condenado Hasel) o ultraje a España, por el que Santiago Espot fue sentenciado a pagar 7.200 euros
euros por haber impulsado la pitada al himno de España en la final de
la Copa del rey.
La lista es aún más larga. A estas sentencias habría
que añadir la condena contra El Jueves por su ya célebre portada
con los entonces príncipes Felipe y Letizia, o las condenas contra el
que fuera alcalde de Puerto Real por decir que al rey es “hijo de crápula” o contra el coronel Martínez-Inglés.
También en los años 80 se produjeron condenas contra dos ciudadanos
vascos que publicaron un artículo dudando del papel del monarca Juan
Carlos I en el golpe de Estado del 23-F.
¿Pero somos los únicos países europeos que
ignoramos las recomendaciones del TEDH y de las organizaciones
supranacionales especializadas en Derechos Humanos? ¿Es España una
excepción dentro de los principales países de la Unión Europea con los
que nos gusta compararnos? ¿Es España el único país que sobreprotege al jefe del Estado?
La
respuesta a estas preguntas es complicada y tiene dos vertientes. Por
un lado, hay que analizar los diferentes códigos penales
de los países de la Unión Europea y comprobar si el delito de injurias a
la Corona o a la jefatura del Estado todavía existe o si ha sido
eliminado, como en el caso de Francia.
Por otro lado, hay que analizar
la parte práctica: cómo se interpreta y se aplica este delito en el
resto de países. Es decir, si es un delito activo o en desuso y
si se usa para perseguir la crítica política o, por contra, solo para
perseguir los ataques a la vida íntima de los jefes de Estado, sean
reyes o no.
Por partes. El estudio Leyes de difamación e insultos en la región OSCE, elaborado por el Comisionado de la OSCE para la libertad de prensa y facilitado a Público por la PDLI, refleja cómo los reinos de Bélgica, Dinamarca, Suecia y Holanda, junto con el de España, mantienen en sus legislaciones el delito de lesa majestad.
Sin embargo, ninguno de estos reinos tiene un nivel de condenas por
delitos de lesa majestad, en los últimos años, al nivel del de España.
"El
problema en España no es la existencia del delito de injurias a la
Corona en sí mismo. El problema es que se está utilizando, tal y como
nos ha dicho el TEDH, para perseguir la crítica política.
El delito puede existir sin contradecir las sentencias europeas si solo
se utilizara para perseguir los insultos o ataques dirigidos contra la vida íntima del
rey. Es decir, los reyes o jefes de Estado deben tener los mismos
derechos que todos los ciudadanos a defender su honor, pero no más",
explica a Público el exletrado del Constitucional Joaquín Urías
El análisis del informe de la OSCE permite concluir que España, a pesar de tener una de las penas más bajas
por el delito de injurias a la Corona, es de los países de la Unión
Europea, si no el que más, que más persigue y castiga por los ataques
contra la jefatura del Estado. Para alcanzar esta conclusión es
necesario realizar un repaso, país por país, tanto de las legislaciones
vigentes como de la aplicación e interpretación del delito de lesa
majestad. Este análisis se realizará en primer lugar de las monarquías
y, posteriormente, de las diferentes repúblicas.
Los reinos de Suecia y Dinamarca recogen su Código Penal penas más altas que las de España. En Suecia, este delito tiene un castigo potencial de hasta seis años de prisión. En Dinamarca, cuatro. Sin embargo, como es apreciable en el informe de la OSCE, no se ha registrado en los últimos años ningún procedimiento judicial por este delito. En
el caso de Gran Bretaña, por su parte, no hay ninguna ley que proteja
el honor de la Corona de manera especial y tampoco se ha registrado
ningún procedimiento judicial por este delito.
Por último, quedaría por analizar el caso de los reinos de Holanda y Bélgica.
Los dos recogen en su Código Penal artículos que prohíben las ofensas a
la Monarquía. En el caso de Bélgica, la ofensa hacia el monarca y la
familia real y el insulto público al rey está castigo con penas de seis meses a tres años de
y una multa. Si el insulto se dirige a cualquier otra persona de la
familia real la pena desciende de tres meses a dos años de prisión, más
la correspondiente multa.
No obstante, no se ha registrado ninguna condena en el país por este delito. Eso sí, tal y como informa Alexandre Mato en CTXT, la Casa Real belga sí acudió al Consejo de deontología periodística del
país para protestar por un libro que versaba sobre presuntas
infidelidades en el matrimonio real y la supuesta homosexualidad del
entonces Príncipe Felipe. El Consejo resolvió que el periodista había recurrido a insinuaciones y abusado de la práctica del off the record. No hubo multa ni proceso judicial.
El
caso de Holanda es diferente. Tras España, posiblemente sea el país de
las democracias occidentales que más uso ha hecho de este delito, aunque
la cuantía de las multas y castigos no es comparable. En 2007 un hombre
sin hogar fue multado con 400 euros por decir que la reina era "una puta". Una semana después, un periodista acudió a una rueda de prensa con una camiseta que rezaba 'La reina Beatriz es una puta'. El periodista fue arrestado, aunque finalmente no fue acusado de ningún delito.
El editor de la revista Spunk, a la que pertenecía el periodista, explicó
que la intención era denunciar la condena que se había producido una
semana antes. El último caso de este tipo que se vivió en el reino
holandés fue cuando el activista Abulkasim al-Jaberi dijo en una manifestación de 2014 lo siguiente: “¡Que se joda el Rey! ¡Que se joda la Casa Real”, tal y como recoge el informe de la OSCE. No obstante, la causa fue archivada poco tiempo después.
El análisis comparado de las legislaciones y
condenas por delitos contra el honor de los monarcas, por tanto, tumba
el argumento habitual de que España no se sale de la normalidad europea
dictando condenas por el delito de injurias a la Corona. España, tal y
como se refleja, es el país que más está condenado por este delito en
las monarquías de la Unión Europea.
"La reciente sentencia del TEDH pone en
evidencia que la existencia de este tipo penal en España no es el único
problema en España. También lo es cómo se está aplicando: por su uso desproporcionado
(fuera de los parámetros de las Naciones Unidas) por parte de la
Fiscalía y por una posterior interpretación de los tribunales ajena a
los estándares internacionales de Derechos Humanos.
Así lo entendió
también el magistrado del Constitucional que emitió un voto particular en el caso de la quema de la foto de los reyes", explica a Público Yolanda Quintana, portavoz de la PDLI, que considera que el tipo penal de las injurias a la Corona es una "amenaza" tanto "real como latente"
contra un derecho fundamental como es "la libertad de expresión". "Por
ello pedimos que este delito sea eliminado del Código Penal esta misma
legislatura", sentencia.
Las repúblicas de nuestro entorno
La protección de los jefes de Estado no es
una particularidad de las monarquías. También sucede en las repúblicas.
De hecho, en nuestro entorno, los estados de Alemania, Grecia, Italia, Malta, Polonia, Portugal y Eslovenia mantienen una ley especial que castiga las injurias y las difamaciones contra los jefes de Estado.
La gran excepción, en este caso, sería la República de Francia,
que eliminó en 2013 el artículo de la Ley sobre libertad de prensa, de
1881, que penaba las ofensas al presidente de la República con una multa
máxima de 45.000 euros.
Antes,
en el año 2000, el país galo
había eliminado las penas de prisión por delitos relacionados con las
injurias y la difamación. Sin embargo, la eliminación de la
sobreprotección del jefe del Estado no es total, ya que el presidente de
la República se encuentra entre la lista de funcionarios públicos que
goza de una mayor protección contra las injurias y la difamación que el
resto de ciudadanos (artículo 30 y 31 de la Ley sobre Libertad de prensa
de 1881).
La
última vez que el país galo vivió un caso de este tipo fue en el año
2008, tal y como muestra el informe de la OSCE facilitado por la PDLI.
El militante socialista Hervé Eon fue condenado a pagar 30 euros por sostener una pancarta en la que podía leerse “Cállate, pobre cabrón”. El
TEDH condenó a Francia por vulnerar la libertad de expresión de este
militante socialista y la Asamblea francesa actuó rápido para eliminar
de la Ley de libertad de prensa este delito.
En Alemania, por su parte, la difamación del presidente de la República está castigado con penas de tres meses a cinco años de prisión,
pero el delito está prácticamente en desuso. El informe de la OSCE
recoge que los enjuiciamientos por difamación del presidente son "raros" aunque no "desconocidos".
Así, también cabe destacar que para poder iniciar un procedimiento
judicial por este delito es necesaria la aprobación del presidente.
La última vez que ocurrió un caso similar fue en 2011 cuando el presidente Christian Wulff
otorgó permiso para que se juzgara a un bloguero que había realizado un
montaje en el que la esposa del ahora expresidente aparecía realizando el saludo nazi.
Finalmente, Wulff retiró el permiso y el caso fue archivado. "Entre
1990 y 2004, por ejemplo, el permiso para juzgar se otorgó en dos
ocasiones", recoge el informe.
Un caso más llamativo en Alemania, aunque
se sale de los márgenes de este texto, es la petición que presentó el
presidente de Turquía, Recep Tayyip Erdoğan, en 2016 para que
Alemania iniciara un procedimiento judicial contra el presentador de
televisión y humorista Jan Böhmermann por el delito de injurias contra
un jefe de Estado extranjero, un delito inexistente en España.
Un mes
después de la solicitud, Merkel anunció que autorizaba el procedimiento,
aunque también anunció el procedimiento para retirar ese artículo del
Código Penal. Poco tiempo después, la Fiscalía alemana anunció que
archivaba la causa contra Böhmermann ya que el poema denunciado estaba
protegido por "la libertad artística".
Condenas aisladas
En el caso de Italia, el artículo 278 del
Código Penal establece penas de entre uno y cinco años de prisión por
"ofender el honor o prestigio del presidente de Italia". Sin embargo,
las condenas por este delito son más bien raras de encontrar.
El informe
de la OSCE no recoge ninguna, mientras que el periodista Pierluigi Morena, en CTXT, se hace eco de una condena a 18 meses de prisión
al político de la Liga Norte Umberto Bossi por decir que Giorgio
Napolitano, hoy ya expresidente de la república italiana, era un "terùn", es decir, un garrulo del sur, mientras hacía el gesto de los cuernos con la mano.
Portugal castiga el insulto o la difamación contra el presidente con la pena de tres meses de prisión o una multa,
aunque si el delito se ha cometido con publicidad el castigo asciende a
entre seis meses y tres años de prisión. El informe de la OSCE no
recoge ninguna condena por este tipo penal, aunque sí llama
poderosamente la atención el alto número de condenas por difamación de funcionarios públicos o políticos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario