MADRID.- El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal
Supremo ha acordado, por 11 votos a 4, no admitir a trámite la querella
por malversación de fondos públicos que ha presentado la asociación de
juristas Preeminencia del Derecho por los viajes de fin de semana de
hasta cuatro días que habría realizado Carlos Dívar con cargo al
presupuesto del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El Pleno de la Sala de lo Penal ha decidido por mayoría no
encausar al presidente del Supremo y del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ), aunque los magistrados José Manuel Maza, Perfecto
Andrés, Joaquín Giménez y Alberto Jorge, favorables a la admisión de la
querella, han emitido votos particulares.
Se ha quedado fuera del Pleno de la Sala de lo Penal el
magistrado Francisco Monterde para sortear una eventual 'contaminación'
de todo el tribunal en el caso de que la querella hubiera sido
admitida a trámite y hubiera sido necesario buscar un instructor
imparcial.
El Pleno de lo Penal ha comenzado sus deliberaciones a las
11.00 horas, días después de que la Sala de Admisiones del alto
tribunal le elevara la decisión de admitir a trámite la querella por el
presunto uso de dinero público para gastos privados.
El Pleno ha anunciado su decisión al filo de las 14.15 horas,
poco después de que conocerse que cinco vocales del órgano de gobierno
de los jueces quieren pedir la dimisión de su presidente en una sesión
que se celebraría en el plazo de 72 horas. En todo caso, antes de que
Dívar presida el próximo lunes junto al Rey Juan Carlos los actos del
Bicentenario de la creación del Tribunal Supremo.
La maniobra de los vocales Margarita Robles, Félix Azón,
Inmaculada Montalbán, Carles Cruz y José Manuel Gómez Bénitez anularía
el movimiento realizado por Dívar que ha convocado a iniciativa propia
un Pleno extraordinario para el próximo 21 de junio para analizar la
situación en la que se encuentra el CGPJ.
La reunión del Pleno de lo Penal se ha mantenido pese a que
la asociación, presidida por el letrado José Luis Mazón, amplió este
martes la querella para añadir la información que publican varios
medios impresos y que extiende hasta un total de 32 los viajes a
investigar. El total cargado al CGPJ por los viajes se acercaría a los
28.000 euros.
Los magistrados han tenido sobre la mesa el informe dado a
conocer el pasado viernes por el que la Fiscalía del Tribunal Supremo
se opuso a la admisión de la querella interpuesta en relación con una
primera veintena de viajes realizados a Marbella (Málaga) por valor de
13.000 euros.
El Ministerio Público no ve delito porque pagó parte de sus
viajes y la normativa no le obligaba a justificarlos. Llega a afirmar
que Dívar fue acomodándose "caso por caso, viaje por viaje, a las
exigencias derivadas de las funciones que le correspondía desempeñar".
El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José
Martín-Casallo, que es el mismo que archivó las diligencias
informativas abiertas por el Ministerio Público a raíz de la denuncia
del vocal José Manuel Gómez Benítez, señala que en este caso no cabe
estafa, como apuntaban inicialmente los querellantes, sino malversación
de caudales públicos (art. 432 del Código Penal), una conducta que
requiere ánimo de lucro para ser delictiva.
Además, el teniente fiscal resalta que en el caso de
autoridades como Dívar que son de "jerarquía máxima", y a diferencia de
lo que ocurre con los funcionarios, existen unos "límites más
imprecisos, más borrosos, en los que a veces resulta muy difícil de
separar o de delimitar la actividad pública de la privada a efectos de
establecer cuándo debe darse por terminada una para entender comenzada
la siguiente".
Preeminencia del Derecho presentó primero una denuncia, que
fue archivada posteriormente la transformó en querella por no
considerar suficientemente justificados los gastos por casi 13.000
euros que Dívar cargó al órgano de gobierno de los jueces en relación
con estos viajes, realizados entre septiembre de 2008 y principios de
este año.
A juicio de la asociación, presidida por el abogado José Luis Mazón, el presidente del órgano de gobierno de los jueces podría
haber incurrido en delito de estafa o apropiación indebida, o en su
defecto malversación de caudales públicos, penadas con cárcel e
inhabilitación.
"La conducta del máximo representante del Poder
Judicial del Estado es propia de los ambientes del Lazarillo de Tormes o
la Pícara Justicia, es decir, y en suma, es un acto de picaresca
inconciliable con las obligaciones contraídas y con la ética exigible a
este alto cargo público, el más representativo del Poder Judicial",
señalaba el escrito.
Un escándalo
La asociación de juristas Preeminencia del Derecho, autora de la querella contra el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Divar, ha denunciado que la "absolución anticipada" acordada por el Tribunal Supremo es "un acto escandaloso jurídica y socialmente" y ha propuesto que sea el jurado popular el encargado de juzgar las conductas de los jueces.
Un escándalo
La asociación de juristas Preeminencia del Derecho, autora de la querella contra el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Divar, ha denunciado que la "absolución anticipada" acordada por el Tribunal Supremo es "un acto escandaloso jurídica y socialmente" y ha propuesto que sea el jurado popular el encargado de juzgar las conductas de los jueces.
La asociación, presidida por el abogado José Luis Mazón,
ha defendido que se cambie "el sistema de jueces juzgan a jueces" y ha
destacado que la fecha del 13 de junio puede celebrarse en el futuro
como "la fiesta de los privilegios o la de la desigualdad ante la ley".
Preeminencia se querelló contra Dívar por los viajes de fin de
semana de hasta cuatro días que habría realizado Carlos Dívar con cargo
al presupuesto del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). A su
juicio, la jurisprudencia Garzón sobre admisión de querellas ha sido
inaplicada por la misma Sala que la creó.
Según ha explicado en un comunicado, el Supremo admitió las tres
querellas contra Garzón con el argumento de que "sólo era necesario una
descripción de una conducta que reuniese visos de delito" y, por lo
tanto, no hacía falta demostrar su existencia porque ello era objeto de
la investigación.
"Y eso es lo que realmente dice la ley. Pero era la ley contra
otra persona", señala Preeminencia del Derecho, para poner de manifiesto
que la valoración es diferente cuando se examina al propio presidente
del Supremo.
Ante la decisión adoptada por el alto tribunal, Preeminencia
considera que el sistema de responsabilidad de magistrados ante los
propios jueces, salvo supuestos excepcionales, está "en tela de juicio" y
no satisface el derecho a un proceso imparcial.
"La conducta de Dívar de cargar a fondos públicos gastos privados
de fin de semana es clamorosamente indiciaria de delitos de estafa de
funcionario público o malversación, y el Supremo ha negado la evidencia
creyendo al parecer que la ley es lo que ellos proclaman", denuncia.
A su entender el resultado de la votación de los magistrados del
Pleno de lo Penal revela que "la parte salvable del sistema" es
minoritaria. "La sociedad española tiene el derecho y el deber de
cambiar, si no es demoler, el actual sistema judicial y con nuevas
personas, formas y estilos edificar uno nuevo que cumpla los requisitos
constitucionales de independencia e imparcialidad e inspire confianza en
su correcto e imparcial funcionamiento", ha concluido.
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