MADRID.- El Gobierno español creará un Registro de Sentencias firmes de impagos de
rentas de alquiler, donde se recogerán los datos de todos los ciudadanos
que hayan sido condenados en firme, judicialmente en un desahucio o por
la vía del laudo arbitral, por no haber cumplido sus obligaciones de
pago para que puedan ser conocidos por los arrendatarios.
Así
lo recoge una de las 18 enmiendas presentadas en el Congreso por el PP
al Proyecto de Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado
del alquiler de viviendas y que será
incorporada al texto gracias a la mayoría absoluta de la que gozan los
'populares'.
El Secretario Judicial o los órganos de arbitraje
competentes estarán obligados a remitir la información --aunque no se
precisa qué datos concretamente-- de estas personas al registro, al que
podrán acceder los propietarios de inmuebles que deseen suscribir
contratos de arrendamiento, sean personas físicas o jurídicas.
Para consultar esta información, deberán "presentar una propuesta de
contrato de arrendamiento en la que se identifique al eventual
arrendatario, limitándose la información a la que tendrá derecho a los
datos que consten en el Registro, relacionados exclusivamente con dicho
arrendatario".
El objetivo, según reza la enmienda, es de
"prevención y control", con la vista puesta en "incrementar la seguridad
del arrendador" que se ha "visto obligado" a acudir a la justicia y al
que se ha dado la razón, para evitar que quienes ponen inmuebles en el
mercado "contraten con quienes ya han tenido el antecedente de obligar a
un arrendador a acudir al auxilio judicial o arbitral".
En
otra enmienda, el PP insta al Gobierno a presentar, un real decreto que
regule este registro, que en cualquier caso deberá borrar los datos al
cabo de un máximo de seis años desde la inscripción de forma automática,
o a requerimiento del deudor cuando haya satisfecho la deuda por la que
fue condenado.
Por otra parte, los 'populares' también proponen una modificación sobre
las obligaciones del arrendador en caso de querer vender el piso. En
este sentido, y siempre que "se haya pactado la renuncia" del
arrendatario en el derecho de adquisición preferente, el dueño de la
vivienda deberá comunicar a su inquilino su intención de venderla "con
una antelación mínima de 30 días a la fecha de formalización del
contrato de compraventa".
"Si no, nos podríamos encontrar en la
situación de que el arrendatario se enterase de la venta del inmueble
cuando ésta ya se hubiese producido, sin tener un plazo mínimo para
buscar una nueva vivienda o realizar las gestiones que estime
oportunas", se alega en el texto.
Asimismo, el PP incluye un
cambio para que los arrendatarios puedan realizar las obras que sean
necesarias para adecuar la vivienda a su condición de discapacitado o a
la del cónyuge o cualquier otra persona con la que conviva de forma
permanente. No obstante, deberá notificar estos cambios por escrito al
arrendador y, en caso de que éste lo exija, deberá reponer la vivienda
al estado anterior al término del contrato.
También se propone
que el aviso del propietario al inquilino cuando tenga necesidad de la
vivienda para sí mismo o para familiares deberá realizarse "al menos con
dos meses de antelación" a la fecha de salida, y se recoge la
posibilidad de que las partes puedan llegar a acuerdos diferentes.
Las enmiendas del Grupo Popular incluyen asimismo algunas
modificaciones con respecto a los desahucios por impago del alquiler,
tales como que "la falta de oposición al requerimiento (de desalojo)
supondrá la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato
de arrendamiento que le vincula con el arrendador".
Si el
inquilino no atendiera el requerimiento de pago o expresara su
oposición, o si efectuara el desalojo pero no pagara la cantidad
reclamada, el decreto dando por terminado el procedimiento "impondrá las
costas al demandado e incluirá las rentas debidas que se devenguen con
posterioridad a la presentación de la demanda y hasta la entrega de la
posesión efectiva de la finca, tomándose como base de la liquidación de
las rentas futuras el importe de la última mensualidad reclamada al
presentar la demanda".
El PP también ha presentado un paquete
de enmiendas para adecuar las funciones de secretarios judiciales y
jueces en función del reparto competencial recogido en la Ley de Reforma
de la Legislación Procesal par la implantación de la Nueva Oficina
Judicial.
Asimismo, ha decidido suprimir los tres artículos del
proyecto de ley que hacían referencia, respectivamente, a la
flexibilización del régimen fiscal del Impuesto de Sociedades aplicable a
los arrendatarios, a la regulación de las Sociedades Anónimas Cotizadas
de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi) y al gravamen especial
del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. La justificación para
esta decisión se encuentra en que estas previsiones están ya contenidas
en la Ley de Medidas Tributarias para la Consolidación de las Finanzas
Públicas aprobada el año pasado.
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