MADRID.- El Tribunal Supremo ha inadmitido la querella
que presentó el colectivo Democracia Real Ya (DRY), uno de los
promotores del 15-M, contra los diputados que, pese a tener residencia
en Madrid, perciben indemnizaciones por gastos derivados de su labor en
el Congreso. El presidente de la Cámara, Jesús posada, que fue uno de
los querellados, ha expresado su satisfacción destacando que se confirma
que no hay ningún tipo de infracción.
Según se establece en su régimen económico y social, los diputados
reciben, además de su asignación constitucional mensual, una
indemnización para cubrir "gastos que sean indispensables para el
cumplimiento de su función". Se trata de 1.823,86 euros al mes para los
diputados de circunscripciones distintas a Madrid y de 870,56 euros para
los electos por Madrid. Al ser una cantidad dedicada a cubrir gastos,
está exenta de tributación.
El pasado enero Democracia Real Ya presentó una querella por
malversación de caudales públicos contra más de sesenta diputados que,
pese a haber declarado tener una casa en Madrid, perciben la
indemnización máxima por haber sido elegidos en provincias distintas.
Entre los denunciados figuraban unos cuarenta parlamentarios del PP, una
veintena del PSOE, uno de CiU y uno de CC.
En la lista estaba el presidente del Congreso, Jesús Posada, diputado
por Soria, ministros como Cristóbal Montoro, Jorge Fernández Díaz y Ana
Pastor, y el propio presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en su caso
porque disfruta de indemnización como diputado por Madrid pese a que sus
gastos de alojamiento y manutención están cubiertos en el Palacio de la
Moncloa, de titularidad pública.
En el auto del Supremo, la Sala de lo
Penal del Alto Tribunal decide inadmitir el procedimiento al considerar
que los hechos no son "constitutivos de ilícito penal alguno".
Según argumenta, esta indemnización se fijó "a tanto alzado" debido a
"la extrema dificultad para una determinación taxativa del elenco de
gastos y dada la muy diferente manera en que los diputados hacen frente
al ejercicio de su función".
Por tanto, y más allá del criterio de si los diputados son elegidos
por Madrid o por otra circunscripción, la indemnización no singulariza
qué gastos debe cubrir, ni los diputados tienen que dar cuenta ni
justificar las diferentes cuantías que dedican a los gastos derivados de
su función parlamentaria, ni destinar ese dinero indefectiblemente a
gastos de alojamiento.
"Es más, resulta perfectamente factible que un diputado, dado el
régimen abierto de asignación de gastos que se le aplica, tenga una
vivienda en propiedad en Madrid y la tenga alquilada o cedida en
precario y no la use en sus estancias en esta capital --añade--. También
puede darse una situación a la inversa, que tenga vivienda en Madrid y
desempeñe la función de diputado en otra circunscripción en la que acabe
invirtiendo el dinero de la indemnización para sus estancias allí".
Así las cosas, el Supremo entiende que "no cabe colegir que por tener
una vivienda en Madrid (el diputado) se esté apoderando con ánimo de
lucro del dinero del erario público o destinándolo a un fin diferente al
asignado".
"Ninguno de los dos supuestos concurre en el presente caso",
concluye.
El auto ha sido acogido con "satisfacción" por el presidente del
Congreso, Jesús Posada, que ha subrayado la "unanimidad" de la decisión
adoptada: "Siempre hemos opinado que no había ni el más mínimo delito ni
infracción en hacer algo que se ha hecho consuetudinariamente y que
responde a una realidad, que son los gastos --ha comentado a los
periodistas--. Es una noticia muy satisfactoria para mí y para todos mis
antecesores.
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