CASTELLÓN.- Los jueces de primera instancia de Castellón
han acordado que considerarán "abusivas" las cláusulas de los contratos
de préstamo o créditos garantizados con hipoteca suscritos por
consumidores que establezcan un interés moratorio que exceda del triple
del interés legal del dinero al tiempo de celebración del contrato.
Esta decisión ha sido adoptada este viernes en una junta sectorial
de jueces para unificar criterios de acuerdo con la jurisprudencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE), que ha dictaminado que
la norma española para los desahucios es contraria a la legislación
europea de protección a los consumidores.
Así mismo, según han acordado los jueces de Castellón, las
cláusulas abusivas serán consideradas "nulas de pleno derecho", sin que
el juez pueda moderarlas o llevar a cabo su integración contractual.
Tampoco será admisible la renuncia parcial del demandante o ejecutante
en su reclamación para eludir o evitar la nulidad de la cláusula
abusiva.
Además, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Europeo, se
ha determinado que, en los procesos de ejecución hipotecaria, el juez
dará traslado a las partes -banco y consumidor- antes de decidir la
ejecución para que puedan alegar lo que estimen oportuno sobre la
posible nulidad de las cláusulas contractuales abusivas que, de oficio,
haya detectado el propio juez o que puedan indicarle las partes de forma
motivada. A la vista de las alegaciones, el juez dictará una resolución
diciendo si las declara válidas o nulas.
Cuando se trate de ejecuciones hipotecarias en trámite, y sin
perjuicio de que el juez pueda también apreciar de oficio alguna
cláusula abusiva previa audiencia de las partes, será la parte ejecutada
la que deberá indicar motivadamente las concretas cláusulas que
impugna, lo que supondrá la suspensión del procedimiento hasta que se
resuelva la cuestión.
Según ha explicado el decano de Castellón, José Luis
Conde-Pumpido, durante el ejercicio de 2012 en Castellón se acordaron un
total de 566 lanzamientos --expulsiones de la vivienda por impago de
hipotecas o arrendamientos--, un 32,24 por ciento más que en 2011, de
los que se ejecutaron 354, que significa un aumento del 8,59 por ciento
en relación al año anterior.
Así mismo, se registraron 769 procedimientos de ejecuciones
hipotecarias, un 1,66 por ciento menos que en 2011, y un total de 439
procedimientos de desahucios -arrendamientos-, lo que supone un 4,28 por
ciento más.
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