MADRID.- Las asociaciones y organizaciones
representativas de usuarios de servicios financieros, tales como la
Plataforma Hipotecaria de Adicae, podrán presentar quejas o
reclamaciones colectivas contra la comercialización de productos
financieros, siempre que no transcurran más de seis años desde el
momento de la supuesta infracción.
Esta nueva vía de reclamación de clientes, hasta ahora improbable,
consta en una orden ministerial aprobada por el Ministerio de Economía,
en la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones
ante el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores
(CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Estas quejas colectivas aglutinarán las reclamaciones de varios
clientes afectados por conductas similares de varias entidades o de una
misma. La reclamación se canalizará a través de un único representante y
conllevará un único expediente y una única resolución.
La nueva orden ministerial, publicada en el Boletín Oficial del
Estado (BOE) y que entrará en vigor en mayo de 2013, también contempla
la novedad de que el reclamante pueda pronunciarse sobre las alegaciones
realizadas por la entidad en cuestión. Tendrá un plazo para ello de 15
días hábiles.
Todas las quejas o reclamaciones contra las malas prácticas en las
entidades financieras se deberán presentar en un plazo máximo de seis
años, cuando hasta ahora no existía ningún límite.
La mayoría de las reclamaciones en 2011 resultaron a favor de los
inversores, según la última memoria publicada por la CNMV
correspondiente al pasado ejercicio. Los productos contra los que más
reclamaciones se han presentado, por orden de mayor quejas, fueron:
permutas financieras, los bonos estructurados, los bonos convertibles y
las participaciones preferentes.
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